Campaña de Responsabilidad Social de ACPHES para enfrentar el coronavirus
Campaña de Responsabilidad Social de ACPHES para enfrentar el coronavirus
El plan de tratamiento integral propuesto para cada niña, niño, joven o adulto, requiere de un proceso de evaluación estructurado con una serie de pasos que comienza con el diagnóstico cognitivo, descripción y clasificación del usuario con base en sus potencialidades y finaliza con la determinación de los apoyos necesarios.
Se desarrolla de acuerdo con posibilidades y necesidades de cada usuario, con los siguientes programas:
Saliendo del esquema tradicional se busca estimular las potencialidades de las personas con discapacidad, preparándolos para la vida, ayudándolos a alcanzar estabilidad e independencia, proporcionándoles actividades creadoras que constituyen una clave de su equilibrio emocional y social.
Brindamos atención a la población con discapacidad cognitiva y mental psicosocial y patologías asociadas quienes, de acuerdo a su diagnóstico y plan de tratamiento reciben terapias en las áreas de medicina general, psiquiatría, psicología, fonoaudiología, fisioterapia, terapia ocupacional, nutrición, terapias alternativas como musicoterapia e hidroterapia, además de programas recreativos artísticos, culturales y asesoría y capacitación a la familia, en diversas modalidades y horarios de atención de acuerdo a sus necesidades y las de sus cuidadores.
Ayúdanos para ayudar
En Colombia hay miles de niños, niñas y adolescentes carentes de familia y vínculos afectivos. Ellos necesitan tu apoyo emocional y económico para mejorar su calidad de vida.
Si deseas ayudarlos puedes realizar tus aportes en la cuenta corriente del Banco de Bogotá No. 0060 36057 a nombre de Asociación Colombiana de Padres e Hijos Emprendedores Sociales (ACPHES)
También puedes apoyar a niños con discapacidad y de bajos recursos a través de nuestro Plan Padrino para lo cual puedes comunicarte a los teléfonos 672 13 53 – 67976 29 – 678 80 09.
¿Sabías que te descuentan el total de tus donaciones a través de la declaración de renta?
Deducción por donaciones – Capítulo V Artículo 125
Los contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a presentar declaración de renta y complementario dentro del país, tienen derecho a deducir de la renta el valor de las donaciones efectuadas, durante el año o periodo gravable. Mayor información en el Estatuto Tributario.